Un juez anula la sanción a un policía local que se ausentó de un servicio de guardia
El Ayuntamiento recurrirá la sentencia al entender que el agente desobedeció las órdenes que le habían dado
I.M.
El juzgado de lo Contencioso-Administrativo ha anulado una sanción del ayuntamiento de Calvià contra un Policía Local, por la cual se le suspendía cinco años de empleo y sueldo por ausentarse de un servicio de seguridad y desobedecer las instrucciones que se le habían dado, según informó ayer UGT. El sindicato recuerda que los hechos se remontan a 2008, cuando el agente, después de prolongar su jornada laboral por no venir nadie a relevarlo, dejó su puesto "durante un minuto y siete segundos" al constatar que se iba acercando un compañero a sustituirlo. En su sentencia, el juez declara improcedente la sanción y alega que la "responsabilidad de los hechos debiera haber recaído sobre los responsables policiales por no haber previsto el relevo de los agentes al finalizar su jornada laboral". Ante esta resolución, el Ayuntamiento anunció ayer que presentará un recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB). El Consistorio calvianer sostiene que "no hubo falta de previsión por parte de los mandos y que, por el contrario, el agente abandonó el servicio de seguridad que tenía asignado desobedeciendo de esta manera las órdenes que se le habían dado", al tiempo que lamentó que UGT "quiera obtener rédito de esta sentencia". Por otro lado, el Ayuntamiento destaca que el TSJB ha dado la razón a la corporación y ha rechazado un recurso de UGT sobre los turnos de trabajo de los agentes de la Policía Local.
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