Un pago tardío de Carlos Delgado cuesta al vecindario 130.000 euros
J.ROSSELLÓ/F.BARRASA Demora municipal En ese sentido, la juzgadora se remite a la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo, según la cual ha de establecerse únicamente un periodo de dos meses entre la emisión de las certificaciones de obra por parte de una constructora y el abono de las cantidades comprometidas por el Ajuntament, pues de lo contrario «se haría depender de la voluntad de la Administración deudora» la fecha en que esos documentos fueran aprobados. Conforme a esos principios jurídicos, son nulas las alegaciones de la Corporación presidida por Carlos Delgado en el sentido de que una reclamación de intereses de demora en el pago rompe la buena fe y confianza mutua entre los contratantes, pues toda tardanza en cumplir una obligación -en este caso pagar una cantidad líquida y vencida-, opera por ministerio de la ley. A mayor abundamiento, la magistrada recuerda que las Administraciones públicas ya se encuentran beneficiadas en sus pagos por un periodo de franquicia de 60 días, transcurrido el cual «comienzan a computar los efectos del pago de los intereses de demora». La reclamación por vía judicial de FCC al Ajuntament de Calvià respecto a la finalización de las viviendas protegidas de Son Ferrer -obra promovida en tiempos de la alcaldesa Margarita Nájera- tuvo lugar mientras Delgado llevaba a cabo en los núcleos de Calvià vila y de es Capdellá una segunda «consulta popular» entre los vecinos para saber si en la revisión del planeamiento urbanístico «preferían los polígonos de servicios o las viviendas de protección oficial». En la primera consulta, abierta en su día por Delgado en Galatzó -un «feudo político» de Nájera incluso en la actualidad-, la exigua cantidad de vecinos que se pronunciaron lo hicieron a favor de las viviendas sociales. Luego de ambas experiencias de «referéndum» no reglado -y poco apoyado-, el alcalde ha promovido viviendas de protección oficial en el municipio.
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